Denuncian a Iglesia de Villarrica por Discriminación

Denuncian a Iglesia de Villarrica por Discriminación

Una mujer de 29 años de Villarrica, en la Región de La Araucanía, denuncia que la Iglesia Cristiana Emanuel le negó el derecho a asistir al recinto después de que publicara una foto en redes sociales junto a su pareja del mismo sexo. Según su testimonio y la denuncia presentada por el Movilh, el pastor le comunicó directamente que su orientación sexual “iba en contra de los principios de Dios” y ordenó que tanto ella como su madre quedaran excluidas de las ceremonias religiosas.

El conflicto escaló el 18 de septiembre, cuando la afectada publicó la imagen. La hija del pastor también expresó su molestia públicamente, y la presión interna culminó en la exclusión formal de ambas. La afectada interpuso una denuncia ante la PDI el 27 de septiembre. El Movilh presentó, a su vez, una querella formal bajo la Ley 20.609 (conocida como Ley Zamudio) y solicitó a los SEREMIS correspondientes que investiguen la situación.

Lo que dice la ley

La Ley Zamudio establece que toda persona tiene derecho a no ser discriminada arbitrariamente en el ejercicio de sus derechos. La ley prohíbe explícitamente la discriminación por orientación sexual, identidad de género, y también por religión,entre otras categorías. Su aplicación en el ámbito privado, y particularmente en organizaciones religiosas, es uno de los terrenos más complejos del derecho chileno.

Las instituciones religiosas tienen un estatuto especial: el derecho a la libertad de culto y la autonomía de las comunidades religiosas están protegidos constitucionalmente. Eso significa que una iglesia puede establecer sus propias normas de fe y membresía sin que el Estado intervenga directamente en su doctrina. Pero esa autonomía tiene límites cuando la conducta de la institución afecta derechos fundamentales de terceros.

La tensión entre fe y derechos

El caso de Villarrica ilustra una tensión que los tribunales chilenos han enfrentado cada vez más: ¿hasta dónde llega el derecho de una comunidad religiosa a definir sus propias normas, y dónde comienza la discriminación arbitraria?

En este caso, la afectada no estaba ejerciendo ningún ministerio ni cargo dentro de la iglesia: era una feligresa. Su exclusión no respondió a un comportamiento en el espacio religioso, sino a lo que publicó en su vida privada en redes sociales. Ese elemento (la sanción por la vida privada de una persona fuera del espacio religioso) es relevante para evaluar si la exclusión fue arbitraria en términos legales.

También es significativo que la madre de la afectada haya sido excluida sin haber tenido ningún vínculo directo con la situación. Eso sugiere un elemento de castigo por asociación que dificulta aún más justificar la exclusión dentro del marco de la autonomía religiosa.

Un patrón que no es aislado

El Movilh ha documentado a lo largo de los años múltiples casos de discriminación en contextos religiosos,desde colegios confesionales que expulsan a estudiantes LGBTIQ+ hasta iglesias que niegan sacramentos a personas gay o trans. La Ley Zamudio ha servido como herramienta para visibilizar estas situaciones y en algunos casos obtener resultados concretos, aunque la jurisprudencia sigue siendo inconsistente.

Lo que sí es constante es el daño personal que estas exclusiones generan. Para muchas personas LGBTIQ+ que crecieron en comunidades religiosas, la fe y la identidad no son categorías separadas,son parte de quiénes son. Ser excluidas de un espacio que fue importante en sus vidas no es solo una experiencia legal: es una experiencia profundamente humana y dolorosa.

Si has vivido una situación similar, el Movilh ofrece asesoría jurídica gratuita para víctimas de discriminación.

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1 comentario

  • La discriminación en la iglesia de Villarica es algo muy malo que insista al oído todos y todas somos iguales esto ofende a nuestros compañeros de la comunidad LGBTq+ no más discriminación la iglesia habla de amor y no lo está cumpliendo en mi caso la iglesia evavangelica me discrimino por mi orientación

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