El Tercer Juzgado de Letras de Copiapó acogió la demanda presentada por Marcela Guevara de la Fuente, madre de José Matías, estudiante trans que se suicidó en mayo de 2019. El tribunal falló que el Liceo Sagrado Corazón de Copiapó incumplió normativas que protegen a estudiantes trans al no informar a la madre sobre las medidas adoptadas en relación a la identidad de género de José Matías, después de que él sufriera episodios graves de bullying.
El fallo no solo es una victoria judicial para la familia: es un precedente que establece con claridad que los establecimientos educacionales tienen obligaciones concretas hacia los estudiantes trans y hacia sus familias, y que incumplirlas tiene consecuencias legales.
Quién era José Matías
José Matías era un adolescente trans que asistía al Liceo Sagrado Corazón en Copiapó. Según el testimonio de su madre y los antecedentes del juicio, enfrentó situaciones reiteradas de bullying relacionado con su identidad de género. La institución habría tomado algunas medidas internas, pero nunca informó a Marcela Guevara de lo que estaba ocurriendo ni la incorporó en las decisiones que se tomaban en torno a su hijo. En mayo de 2019, José Matías quitó su propia vida.
Su caso se suma a una larga lista de jóvenes trans en Chile que han llegado a situaciones de crisis extrema en parte por el fracaso del sistema educativo en protegerlos y protegerlas. Para Marcela Guevara, llegar a la justicia después de años de proceso fue un acto de amor y de búsqueda de verdad.
Qué establece la Circular 0768
La Circular 0768 del Ministerio de Educación establece las obligaciones de los establecimientos educacionales respecto a estudiantes trans. Entre ellas, exige que los colegios informen a los padres, madres o apoderados sobre las medidas adoptadas en relación a la identidad de género de estudiantes trans o en situación de especial protección, y que promuevan activamente la dignidad y la convivencia respetuosa.
El tribunal determinó que el Liceo Sagrado Corazón violó esa normativa al mantener a la madre completamente al margen. Marcela Guevara desconocía las medidas del colegio y nunca fue convocada a participar en las decisiones sobre su hijo, lo que le impidió buscar apoyo adicional a tiempo.
El significado del fallo
Este fallo tiene un valor que va más allá del caso concreto. Establece que un colegio no puede actuar de forma autónoma y opaca cuando un estudiante trans enfrenta situaciones de vulnerabilidad: la familia tiene derecho a saber, a participar y a buscar recursos adicionales de apoyo. Ocultar esa información no solo es una falla ética, es una falla legal.
También pone sobre la mesa una pregunta que sigue siendo urgente: ¿cuántos establecimientos educacionales en Chile realmente conocen y aplican la Circular 0768? ¿Cuántas familias de estudiantes trans están siendo mantenidas al margen de decisiones que afectan profundamente la vida de sus hijos e hijas?
Lo que sigue
El fallo abre la puerta a reparaciones para la familia de José Matías. También sienta un precedente que puede ser invocado en casos similares en todo el país. Organizaciones como el Movilh y la Fundación Iguales han valorado la decisión y esperan que impulse una revisión del cumplimiento de la Circular 0768 en los establecimientos educacionales chilenos.
Si eres apoderado o apoderada de un estudiante trans y sientes que el colegio no está cumpliendo con sus obligaciones, puedes buscar orientación en organizaciones como Movilh o Fundación Iguales.
