Alejandro Angulo, uno de los condenados por el asesinato de Daniel Zamudio, volvió a solicitar cumplir el resto de su pena en libertad. El Movilh advierte “peligro público” y recuerda que en 2024 la Corte ya rechazó el beneficio por alto riesgo de reincidencia.
¿Supieron de esto? El caso Daniel Zamudio —ese que marcó a Chile entero y dejó una huella histórica en la lucha contra la discriminación— volvió a golpear la puerta de la actualidad. Esta vez no por una fecha conmemorativa ni por una campaña, sino por algo que remueve rabia y miedo: Alejandro Axel Angulo Tapia, uno de los cuatro condenados por el asesinato, volvió a solicitar la libertad condicional. La petición se va a resolver en abril, en la Corte de Apelaciones de Santiago, y el Movilh ya salió a decir lo que muchas y muchos están pensando: esto no es un trámite “más”.
La cosa es así: Angulo cumple una condena que, según lo informado, termina el 9 de marzo de 2027. Lo que está pidiendo ahora es que el tiempo que queda lo cumpla en libertad condicional. Para el Movilh, la insistencia es grave porque no sería la primera vez que se pide este beneficio, y porque ya existió un rechazo anterior donde se habrían señalado factores de riesgo que desaconsejaban otorgarlo en ese momento.
Y ahí está el punto que vuelve todo más pesado: en 2024, cuando se revisó una solicitud similar, la Corte habría concluido que Angulo presenta alto riesgo de reincidencia, incluso en delitos violentos, y además características personales que aumentan la preocupación. Dicho en simple: no es solo “cumplió parte de la pena, que salga”. Lo que se evalúa (o debería evaluarse) es si el beneficio pone en riesgo a otras personas.
Por qué este caso sigue siendo una herida abierta
Hablar de Daniel Zamudio no es hablar solo de un crimen brutal: es hablar de un antes y un después. Su asesinato no solo remeció a la comunidad LGBTQ+; también dejó en evidencia lo que el país a veces prefería ignorar: que el odio puede organizarse, pegar en grupo, torturar y matar. Y que el Estado no siempre estaba preparado —ni legal ni culturalmente— para responder.
El impacto fue tan grande que incluso terminó empujando con fuerza la conversación sobre la Ley Antidiscriminación, que desde entonces carga con el peso simbólico de su nombre. Por eso, cada vez que se mueve algo en este caso, no es un expediente más: es memoria, es trauma social, es justicia, es señal política. Para muchas y muchos, es la pregunta eterna: ¿qué aprendimos realmente?
Qué dice el Movilh y por qué lo califica como “peligro público”
El Movilh sostuvo que si la petición fuera aceptada, se trataría de un peligro público, y no lo dice solo por el crimen original. También recordó que Angulo habría mostrado conductas preocupantes incluso durante su tiempo en prisión, incluyendo amenazas registradas años después de la condena. El argumento de fondo es claro: si una persona condenada por un homicidio de alta connotación pública presenta riesgo de reincidencia y antecedentes de violencia verbal o amenazas, el estándar para liberarla no debiera ser bajo.
Y aquí conviene poner un marco sin maquillaje: la libertad condicional no es un “premio automático” por portarse bien un rato. Es un beneficio que debería evaluarse con criterios serios, porque la decisión no afecta solo a quien la solicita: afecta a la seguridad del resto.
Qué se sabe de las condenas en el caso Zamudio
En este caso hubo cuatro condenados. Uno recibió presidio perpetuo simple y otros recibieron penas de 15 años y 7 años, respectivamente. Las condenas comenzaron a cumplirse desde marzo de 2012, tras la detención de los responsables. Con los años, el caso ha tenido momentos que vuelven a encender la conversación pública: solicitudes de beneficios, debates sobre sistema penitenciario, y el dolor persistente de una familia y de una comunidad que no olvida.
La libertad condicional y el problema de fondo
Este tema abre una conversación incómoda pero necesaria: ¿cómo se equilibra reinserción con seguridad pública cuando hay delitos violentos y de odio? En teoría, el sistema busca que la reinserción sea posible. Pero en casos como este, donde existen antecedentes de violencia extrema y evaluaciones negativas sobre riesgo, el umbral de confianza cambia.
Y además hay un punto que en Chile siempre queda medio escondido: las víctimas (y las familias) muchas veces sienten que el proceso se transforma en una carrera burocrática donde el victimario tiene más oportunidades de “insistir” que la sociedad de descansar en una sensación de justicia firme. Que una persona pueda volver a pedir una y otra vez, aunque se le haya dicho que no por razones de riesgo, desgasta a quienes han vivido la peor parte.
Lo que se juega en abril
La decisión de abril no es solo “sí o no”. Es una señal sobre cómo se entiende la justicia en casos emblemáticos. Si se rechaza, se reafirma la idea de que el riesgo importa y que la memoria social también pesa. Si se aprueba, el debate se va a prender con todo: por el precedente, por la seguridad y por el mensaje que recibe la comunidad LGBTQ+ cuando uno de los responsables de un crimen de odio puede cumplir el resto de su pena fuera de la cárcel.
En cualquier escenario, conviene mirar esto con atención y sin ingenuidad. Porque los derechos humanos no se defienden solo con discursos bonitos: también se defienden con decisiones judiciales y con estándares claros cuando se evalúan beneficios penitenciarios en delitos violentos.
Hay noticias que no envejecen bien porque tocan una herida que sigue abierta. Esta es una de esas. Que el homicida de Daniel Zamudio vuelva a pedir libertad condicional no es un “dato judicial”, es un recordatorio de lo frágil que puede sentirse la justicia cuando la violencia fue tan brutal y tan simbólica. En abril se resolverá, pero la conversación ya está instalada: qué entiende Chile por seguridad, por reinserción y por reparación cuando el odio fue parte del crimen.

